Ministerio de Instrucción Pública- Dirección de Instrucción Popular- Número 772.
Caracas, 6 de julio de 1891
Señora Preceptora de la Escuela Federal número 1307:
Me he impuesto del contenido de su nota del 2.- Las Escuelas Públicas en Venezuela están abiertas para todos sus habitantes cualquiera que sean sus creencias religiosas, que la Constitución garantiza en consecuencia no es obligatorio a los maestros enseñar, ni a los alumnos aprender, religión alguna, ni debe estar ningún Instituto bajo la protección o patrocinio de santos o patrones.
En el salón de una Escuela Federal sólo pueden ser colocados, sin contradicción alguna, la carta patente, el Escudo de Armas de la República y el retrato del Libertador y Padre de la Patria.
Dios y Federación,
Eduardo Blanco
No hay comentarios:
Publicar un comentario